lunes, 30 de diciembre de 2013

La ley mordaza: un ejemplo perfecto de represión


¿QUÉ SANCIONA LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA? 

El anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana aprobado el pasado mes por el Consejo de Ministros establece siete tipo de infracciones muy graves sancionadas con multas de 30.001 a 600.000 euros.
También contempla 31 clases de infracciones graves para las que se establecen multas de 1.001 a 30.000 euros, y 20 infracciones leves sancionables con multas de 100 a 1.000 euros.
Estas son, en resumen, las principales infracciones que contempla la nueva ley, que sustituye a la aprobada en 1992, también conocida como 'ley Corcuera' o 'de la patada en la puerta':

INFRACCIONES MUY GRAVES (multa de 30.001 a 600.000 euros):
-Convocatoria y asistencia a manifestaciones con finalidad coactiva e inobservancia de la legislación electoral desde que haya finalizado la campaña electoral hasta el fin de la votación. Un ejemplo fue lo ocurrido el 13-M tras los atentados del 11-M.
-Perturbación muy grave del orden en actos públicos, deportivos, culturales, espectáculos, oficios religiosos u otras reuniones numerosas.
-Reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares que tengan la consideración de infraestructuras críticas como centrales nucleares o aeropuertos, así como la intrusión en sus recintos, incluyendo su sobrevuelo, y la obstrucción de su funcionamiento.
-Fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas y explosivos no catalogados.
-Celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad.
-Deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos.

INFRACCIONES GRAVES (Multa de 1.001 a 30.000 euros):
-Concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los Parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque no tengan actividad y cuando se perturbe la seguridad ciudadana.
-Perturbación grave del orden en actos públicos, deportivos, culturales, espectáculos, oficios religiosos u otras reuniones numerosas.
-Alterar el orden público encapuchado o con cualquier elemento que dificulte la identificación.
-Desórdenes graves en vía pública o provocar incendios que representen un peligro para las personas o bienes.
-Obstruir a la autoridad en la ejecución de sus decisiones administrativas o judiciales, como en los desahucios.
-Obstaculizar gravemente la actuación de los servicios de emergencia en el desempeño de sus funciones.
-Desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones y la negativa a identificarse.
-Perturbación del orden en campaña electoral.
-Manifestaciones y reuniones sin autorización o que infrinjan la ley de reunión y la negativa a disolver las acordadas por la autoridad. También cuando se produzcan en centrales nucleares, aeropuertos, etc.
-Portar, exhibir o usar armas de modo negligente o temerario o fuera de los lugares habilitados para su uso.
-Ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio.
-La prostitución y la demanda de sus servicios en las proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o en lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial, como los arcenes.
-Fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas reglamentarias, explosivos catalogados y material pirotécnico.
-Obstruir inspecciones y controles reglamentarios en fábricas, locales y establecimientos.
-Justificar el terrorismo, la xenofobia y la violencia contra la mujer, como la exhibición de fotos de terroristas.
-Uso de uniformes policiales o de servicios de emergencia sin autorización.
-Falta de colaboración con la Policía en la averiguación o prevención del delito.
-Actos que atenten contra la indemnidad sexual (libre de padecer daño) de los menores.
-Consumo y tenencia de drogas en lugares públicos y su tolerancia.
-El botellón, cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana y no esté autorizado.
-Las "cundas" o taxis de la droga.
-El cultivo de drogas.
-Forzar o inducir a menores al consumo de alcohol o drogas.
-Los daños graves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos, además de obstaculizar la vía pública con vehículos, contenedores o neumáticos.
-Escalar como acción de protesta en edificios públicos.
-Mal uso de animales feroces y el maltrato animal.



INFRACCIONES LEVES (100 a 1.000 euros):
-Manifestaciones y reuniones que infrinjan la ley de reunión.
-Exhibición de objetos peligrosos con ánimo intimidatorio.
-Incumplir restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público, reunión o manifestación.
-Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u otro tipo de protestas, y la grabación y difusión de sus imágenes que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su seguridad o la de la intervención policial.
-Amenazas, coacciones, injurias o vejaciones en vías públicas.
-Injurias o calumnias a través de cualquier medio de difusión a las instituciones, autoridades, agentes y empleados públicos, así como su falta de respeto.
-Realizar o incitar actos que atenten contra la libertad sexual.
-Deslumbrar con dispositivos tipo láser a las fuerzas de seguridad.
-La ocupación de cualquier espacio común, público o privado y la colocación de tiendas de campañas o tenderetes sin permiso en la calle.
-Perder tres veces o más el DNI en un plazo de 5 años y la negativa a entregar este documento cuando se acordara su retirada.
-Los daños leves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos, por ejemplo, las pintadas y los grafiti.
-Práctica de juegos o deportes en lugares no habilitados cuando haya riesgo para las personas.
-Entorpecer la circulación peatonal.
-Escalar a edificios o monumentos o lanzarse desde ellos.
-Retirar las vallas de la Policía que delimitan perímetros de seguridad.
Fuente: publico.es

El Gran Hermano te vigila y el internauta te delata (segunda parte)

El director de los Mossos d'Esquadra, Manel Prat.

CiU, PP y C's avalan la web de delación ciudadana de los Mossos d'Esquadra

La web de delación ciudadana de los Mossos d'Esquadra (de la que hablamos en su momento) recibió un impulso ayer en el Parlament de Catalunya. Cerrada temporalmente desde mayo del 2012 -duró solo un mes abierta-, esta polémica herramienta que debía servir para identificar y denunciar a presuntos vándalos con la ayuda de los ciudadanos fue ratificada por la Cámara catalana. CiU, PP y Ciutadans votaron a favor de utilizarla "cuando sea necesario". La noticia, sin embargo, quedó camuflada entre los 48 puntos de las conclusiones de la comisión que estudia el material antidisturbios de los Mossos, entre los cuales estaba también la votación de la prohibición de las balas de goma.
Esta página web se puso en marcha el 24 de abril de 2012, poco después de la agitada huelga general del 29-M. La policía catalana -con Felip Puig entonces al frente de Interior- colgó en ese espacio 68 imágenes de presuntos vándalos durante la huelga, a la espera de que los ciudadanos ayudaran a identificarlos para luego procesarlos. Solo 22 de ellos fueron identificados, y ninguno acabó denunciado.
Al cabo de un mes, con numerosas críticas acumuladas por parte de activistas, entidades defensoras de los derechos humanos, colectivos de abogados y el Síndic de Greuges, los Mossos acabaron cerrando "temporalmente" -en palabras del director general Manel Prat- la web. Aunque no dejaron claro que no renunciaban a volverla a abrir si se daban casos de nuevos altercados en las calles.
En este escenario, tras año y medio de silencio sobre la cuestión, este miércoles el Parlament dio su apoyo a que "el Govern utilice, cuando sea necesario, la página web para identificar a personas que presuntamente han ejercido violencia urbana y participado en desórdenes públicos". Lo hizo aprobando por mayoría el punto 11 del Informe de la Comisión de Estudio de los Modelos de Seguridad y Orden Público y de Uso de Material Antidisturbios en los Acontecimientos de Masas.Así lo recogió en primera instancia El Periódico de Catalunya
En el texto se añade que su utilización debe ser "cumpliendo con los criterios expresados en el dictamen de la Fiscalía", que en octubre dictó que la web no vulnera los derechos fundamentales como la presunción de inocencia o el derecho al honor y a la intimidad, según denunciaron muchos juristas.

Fuente: eldiario.es

800 euros de multa a dos niñas de 15 y 17 años por decir: “vergüenza me daría ser policía”


“Vergüenza me daría ser policía”. Fue la opinión que manifestaron E.G. y otras cuatro compañeras al ver a un grupo de agentes de la policía española delante de la Delegación del Gobierno español en Galicia ubicada en la Coruña. Tras decir eso, continuaron el camino de vuelta a casa de la manifestación contra la LOMCE que se realizó en la ciudad. Pero, cuando ya había pasado media hora desde que la movilización se había disuelto y cuando las jóvenes habían andado ya varios metros -unos 10 minutos-, cuatro policías se acercaron a ellas -conversaban sentadas en un banco- y, “con una actitud muy intimidatoria” les preguntaron: ¿”A ver, a quién le daría vergüenza ser policía? ¿A ti y a ti? ¡Vamos, a la comisaría!”
Solicitaron sus identificaciones y, sin mediar más palabra, condujeron E.G. y L.T, dos de las cuatro amigas, hasta la comisaría, donde debieron ir sus familias a buscarlas por tratarse de menores de 15 y 17 años respectivamente. “A mi madre le dijeron que yo los había insultado y, de hecho, es eso lo que pone en la denuncia”, por la que le reclaman 400 euros a cada una.
“Estábamos ejerciendo nuestro derecho a expresar una opinión”, dice E.G. en una entrevista con Ser Galiza. La policía española, sin embargo, entiende esto como “una falta de respeto a los agentes y una provocación para que el resto de manifestantes secunde los insultos”, pese a que, como explica la joven, la protesta ya había sido disuelta hacía tiempo.
E.G. está indignada: le gustaría saber si pasaría lo mismo si los policías que se la llevaron detenida se presentaran en una panadería y dijeran , hablando entre ellos, que les daría vergüenza ser panaderos. “Mandaron cuatro agentes para llevar a la comisaría a dos niñas de 15 y 17 años. Iban dos delante y dos detrás, como si fuéramos delincuentes. La gente alucinaba. Una señora hasta dijo que el panorama merecía ser grabado”, continua E.G.
“Les dijeron a nuestros padres que no nos va a constar como antecedente, que sólo es un aviso. Un “aviso” que costará 400 euros a cada familia de estas dos jóvenes y para el cual ellas tienen otra explicación: “Es una falta de respeto a nuestra libertad de expresión porque sólo estábamos exponiendo nuestra opinión. ¿Qué les sienta mal? Es nuestro derecho”.

Original en gallego: Sermos Galiza