domingo, 12 de junio de 2011

La Junta Electoral Central declaró ilegales las manifestaciones en la jornada de reflexión y el 22-M

                                             El efecto producido por la prohibición de la JEC

Hace apenas unos meses, cuando nos pusimos a trabajar en este blog, jamás habríamos imaginado la cantidad de ejemplos de represión, desinformación y censura que estábamos a punto de vivir en nuestras propias carnes a partir de la manifestación del 15 de Mayo convocada por la plataforma "Democracia Real Ya".

Ahora, a 13 de junio, cási un mes después de la movilización, quizá sea un buen momento para empezar a enumerarlas. Antes de que sean tantas que ya ni podamos acordarnos.

Como dijimos un par de entradas más abajo, la Junta Electoral Provincial de Toledo prohibió la manifestación convocada en esta ciudad. Prohibición que no sirvió de mucho ya que el Tribunal Superior de Justicia terminó sobreseyendo la causa y declarándola legal.

Las manifestaciones (como todos recordareis a no ser que hayais pasado el último mes viviendo en una galaxia muy muy lejana) fueron un éxito que derivaron en diversas acampadas que se situaron en varias ciudades españolas. La primera de ella, y quizá la más emblemática se situó en la madrileña Puerta del Sol.

Esta comenzó la misma noche del 15M con un pequeño grupo de manifestantes que fueron desalojados por la policía la madrugada del 16 al 17 (primera acción represora que debemos recordar). La respuesta fué que al día siguiente en la puerta del sol, y en muchas otras plazas de España, miles de ciudadanos acamparon durante días (de hecho, aunque ayer mismo los acampados de Sol se fueron voluntariamente, en alguna plaza siguen quedando acampados a día de hoy)
Esta respuesta al primer desalojo debería haber dado a las autoridades una pista del efecto que tienen sus medidas represoras, sin embargo, lejos de aprender la lección, la Junta Electoral Central declaró ilegales las manifestaciones en la jornada de reflexión (día previo al de las elecciones, es decir, 21 de mayo) y el 22-M (día de las elecciones)
De esta manera las acampadas de la Puerta del Sol en Madrid y otras ciudades quedaron prohibidas desde las 00.00 del sábado y hasta el domingo 22.
La excusa oficial era que tanto la petición de voto a favor de alguna candidatura como la "invitación a excluir a cualquiera de ellas" suponen un "comportamiento no acorde a las previsiones" de la Ley Electoral y que "excede del derecho de manifestación garantizado constitucionalmente". 
Asimismo  aquellos manifestantes que decidieran no acatar la orden de la JEC y acudieran a la concentración a pesar de la prohibición, habrían cometido una infracción electoral de tipo administrativo que está castigada con multas de entre 100 y 1.000 euros, según la opinión de distintos juristas consultados en su momento por Europa Press.

La prohibición no solo no sirvió de nada. Los ciudadanos siguieron acudiendo a las movilizaciones (en un número cada vez mayor) y ninguno de los asistentes fué desalojado por la policía o multado.
Además, Jueces Para la Democracia emitió un comunicado rechazando esta prohibición, y El letrado José Ríos presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la decisión adoptada por la Junta Electoral Central.

Fotografía: PAUL HANNA | REUTERS Extraída de lavozdegalicia.es

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